Friday, May 28, 2010

CAMBIO CLIMÁTICO Y MIGRACIONES

CAMBIO CLIMÁTICO Y MIGRACIONES

Las migraciones climáticas ocurren en el contexto del modelo de desarrollo emergido del sistema capitalista. Por un lado, este modelo habilita a que los estados y las trasnacionales sobreexploten los recursos naturales degradando el medio ambiente y forzando a emigrar a las personas y familias. Ejemplos de ello son los megaproyectos que utilizan recursos básicos del suelo, la fauna y flora locales (como la minería y las represas hidroeléctricas), y que se realizan con consentimiento de los gobiernos. Producto del cambio climático, entonces, distintos puntos del planeta se están convirtiendo en lugares expulsores, originando desplazamiento de poblaciones en razón de la escasez cada vez mayor de suministros regulares de alimentos y agua, así como del aumento de la frecuencia y gravedad de inundaciones y tormentas o, por el contrario, de desertificación y sequía.
Por otro lado, el modelo de desarrollo capitalista se ve beneficiado por la sobre-explotación de la mano de obra de l@s migrantes. Si bien esta situación de sobre-explotación es compartida por los migrantes económicos, aquellos a quienes consideramos como “migrantes climáticos” son un producto de la degradación del planeta que los obliga a buscar otros lugares para vivir. Entre las principales causas ambientales que determinan la migración tenemos: cambio climático (desertificación, deforestación, degradación de la tierra, contaminación de aguas o inundaciones, huracanes) fenómenos naturales no atribuibles al cambio climático (erupciones de volcanes, terremotos) y por desastres generados por el hombre (accidentes industriales, radioactividad, entre otros).
Ambas situaciones implican violaciones a los derechos humanos de los migrantes y el agravamiento de la desigualdad y la pauperización, especialmente en los países del sur, cuyos habitantes se ven forzados a desplazarse con impactos dramáticos en el medio ambiente también en los lugares de recepción, completando así un círculo perverso de vulnerabilidad de derechos.
Primero, se está violando el derecho de las personas y los pueblos a no migrar y a quedarse en su territorio, puesto que la degradación de sus territorios está generando la despoblación particularmente de las comunidades rurales, en las cuales ocasionalmente solo quedan l@s ancianos. Segundo, en las ciudades, los que emigraron ocupan puestos con bajos salarios y en condiciones de explotación violando sus derechos a un trabajo digno, agravando los niveles de pobreza y por lo tanto impidiendo el acceso a otros derechos básicos como vivienda, salud y educación. En ocasiones esto se ve impulsado por redes de trata y tráfico de personas que los rebajan al estatus de mercancía. Tercero, mediante la militarización de las fronteras, y la criminalización de los migrantes se institucionaliza el maltrato y se generan altos niveles de discriminación, lo que finalmente constituye otro obstáculo para el acceso a todos sus derechos. Cuarto y último, el modelo de desarrollo capitalista que está forzando a las personas a emigrar de sus lugares por causas climáticas viola el derecho básico a la libre movilidad.
A nivel global, además, la migración forzada por causas climáticas incrementa la presión sobre los servicios básicos, entorpece el crecimiento económico y aumenta los riesgos de conflictos. Asimismo, la migración climática contribuye al desbordamiento de las ciudades en donde millones de personas viven y vivirán en barrios desfavorecidos, en viviendas deficientes y con escasos servicios de agua potable y limitado acceso a los derechos económicos, sociales y culturales. Otras consecuencias resultantes de la migración forzosa por causas climáticas son la desorganización de los sistemas de producción (afectando a los campesinos, pueblos indígenas, pescadores artesanales, entre otros) y el debilitamiento del mercado interno. Además la pérdida de “capital humano”, bajo la forma de fuerza de trabajo e inversión en la educación, contribuye a una mayor limitación de las oportunidades económicas, que a su vez generará una futura migración. Además el desplazamiento significa para muchos perder vínculos ancestrales con su territorio y ser forzados a adoptar una forma de vida completamente diferente. Los desplazamientos de poblaciones a gran escala podrían rediseñar el mapa étnico de muchos países, acortando la distancia entre grupos que antes vivían separados, y obligándoles a competir por los mismos recursos.
Debemos mencionar que esta situación es aún más grave para grupos específicos dentro de la población migrante, como es el caso de las mujeres, especialmente las indígenas, y los niños, niñas y adolescentes.
En síntesis, la degradación medioambiental y el cambio climático alcanzan actualmente niveles críticos, siendo una de las principales consecuencias la migración interna e internacional. A pesar de que las cifras son aproximadas, según algunas proyecciones en 1995 existían alrededor de 25 millones de migrantes climáticos, al presente se estima en 50 millones y las proyecciones para el año 2050 de 200 a 1000 millones de personas que serán desplazadas por situaciones derivadas del cambio climático. Esto provocará cada vez mayor escasez de suministros regulares de alimentos y agua, así como del aumento de la frecuencia y gravedad de inundaciones y tormentas, todo lo cual alimentará nuevamente el círculo perverso en el que l@s migrantes climáticos se encontrarán desprotegidos a menos que comencemos a actuar.

http://cmpcc.org/ (Por Shara Ramírez Vicent)

4 comments:

  1. - Refugiad@s climáticos.

    Aquellas personas que se ven obligados a huir por el cambio climático. Si bien no existe en derecho internacional y de manera particular en el Estatuto de Ginebra, sin embargo es necesario insertar esta categorización para que los Estados causantes asuman sus responsabilidades. Esta consideración va en la misma línea de lo que el Relator Especial para el Derecho a la Alimentación Jean Ziegler, en su Informe de 2007, señala existe poca diferencia entre una persona que hace frente a la muerte por inanición y otra amenazada por una ejecución arbitraria a sus convicciones políticas. El propone crear un nuevo instrumento jurídico para proteger a estas personas, reconociendo como “refugiados del hambre” y otorgarles el derecho a la no devolución con protección temporal, de modo que no se los devuelva a un país donde el hambre y las hambrunas amenazas sus vidas.

    http://cmpcc.org/ (Por Shara Ramírez Vicent)

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  2. - Migrantes forzad@s.

    Aquellas personas que se ven obligadas a migrar no solo por razones del cambio climático sino también por razones económicas. El término de migrante climático reduce la problemática de los trabajadores que han salido forzadamente de sus países por motivos laborales y puede distraer de las razones estructurales de la migración como fenómeno global. El término “migrantes forzad@s” se contrapone al de libre movimiento.

    http://cmpcc.org/ (Por Shara Ramírez Vicent)

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  3. - Desplazad@s climáticos.

    Aquellas personas que son forzadas a desplazarse por razones del cambio climático, tanto dentro como fuera del país. Existe la necesidad de crear un status jurídico para proteger a las personas que se encuentran en esta situación dado que el derecho internacional hasta la fecha solo reconoce las figuras de migración y refugio sin incorporar a las personas sujetas a desplazamiento.

    http://cmpcc.org/ (Por Shara Ramírez Vicent)

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  4. Propuestas

    1. Exigir que los convenios internacionales, tanto los suscritos en el marco de la ONU – a través de protocolos complementarios o reformas alternativos- como los que se suscriban en otros espacios, como el ALBA, UNASUR o la Comunidad de Estados de América Latina y El Caribe, contemplen la definición de migrantes climáticos[1] tanto personas como comunidades, de modo que todos los Estados del mundo contemplen los derechos de estas personas en sus definiciones y consideraciones.
    2. Diseñar políticas globales y locales frente al cambio climático que incorporen y respeten la participación democrática de todos los países y la amplia participación de los pueblos y territorios involucrados en la defensa de sus comunidades y los derechos de la Madre Tierra.
    3. Exigir modelos políticos, económicos, sociales y culturales en los que se respete nuestro derecho a la libre movilidad, a no migrar y a no ser desplazad@s forzosamente, recuperando la cosmovisión y tecnología ancestral para construir modelos de desarrollo, desde los pueblos enmarcados en la visión del Vivir Bien, que implique el respeto y la armonía con la Madre Tierra. Modelos que deben contraponerse en los hechos a las prácticas “desarrollistas” y extractivistas, entre otros aspectos, del sistema capitalista mundial, que determinan la pobreza, la desigualdad, la miseria, el deterioro de la Madre Tierra y la migración.
    4. Promover un tratado de los derechos humanos de l@s migrantes climáticos, aplicable y reconocido a nivel global, que tenga carácter vinculante y sea por tanto exigible. Que l@s migrantes climáticos tengan los mismos derechos y obligaciones de l@s ciudadanos del país de destino.
    5. Crear un espacio u organismo internacional de los pueblos que fomente la investigación permanente sobre la situación política, social, cultural y económica de los migrantes climáticos.
    6. Exigir la creación de un fondo económico financiado principalmente por los países del capitalismo central y las grandes empresas transnacionales que son los principales causantes del cambio climático, destinado a la atención de los migrantes climáticos internos y externos. Que este Fondo sea administrado por el Tribunal de Justicia Climática, u otro espacio constituido por los pueblos y las comunidades afectadas. Que se respete igualmente los principios de las responsabilidades diferenciadas de los países, según la dimensión o gravedad de los daños causados.
    7. Como política internacional, se debe formular la transferencia de tecnología desde los países del capitalismo central como pago de la histórica deuda climática y que sea compatible con los derechos de la Madre Tierra y que fomente la soberanía alimentaria, energética y otras alternativas económicas que pongan por eje el derecho de las comunidades y su relación armoniosa con la Madre Tierra.
    8. Crear una Comisión de los Pueblos para el seguimiento y monitoreo de los acuerdos que sobre migración climática se han adoptado en esta Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y Derechos de la Madre Tierra.
    9. Apoyar la constitución de un Tribunal Internacional de Conciencia para denunciar, visibilizar, documentar, juzgar y castigar las violaciones a los derechos de l@s Migrantes, Refugiad@s y Resplazad@s en los países de origen, tránsito y destino.
    10. Respetar el derecho a la consulta previa y libre consentimiento de las comunidades, que a consecuencia de los desastres naturales se vean en la necesidad de desplazarse o migrar. El derecho de las comunidades y pueblos a no migrar a no ser desplazados forzosamente de sus territorios por prácticas de desalojo o despojo ejercidas por los Estados, empresas transnacionales y otros actores armados.

    http://cmpcc.org/ (Por Shara Ramírez Vicent)

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